El artículo 27 de la Ley sobre la Nacionalidad Suiza (LN) establece que quien haya perdido la nacionalidad suiza puede solicitar la recuperación de la misma en un plazo de diez años y que, pasado este plazo, puede solicitar su recuperación de la nacionalidad suiza quien resida en Suiza desde hace tres años.
Por ejemplo, si una ciudadana ha perdido la nacionalidad suiza
por haber contraído matrimonio con un extranjero antes del 1 de enero de 1992;
por caducidad: es decir a raíz de un nacimiento en el extranjero no anunciado en una Representación en el plazo estipulado y no inscrito en el registro civil suizo;
por liberación;
puede solicitar la recuperación de la nacionalidad suiza en los plazos definidos en el artículo 27 LN.